Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: ¿hay que pagarlo al comprar un coche?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de un coche es una de las cargas que se deben abonar al comprar un vehículo de segunda mano. La tasa es muy variable, así que te explicamos en detalle cómo y en qué situaciones hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de coche.
¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP se aplica a los vehículos de segunda mano. El funcionamiento es sencillo: aplican un porcentaje del valor real del vehículo al pago final. Este porcentaje o gravamen depende de la comunidad autónoma.
Diferencias entre comunidades autónomas
Las diferencias entre comunidades autónomas en cuanto al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales son considerables. Las comunidades con un gravamen más bajo son Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Ceuta, La Rioja, Madrid, Melilla, Murcia, Navarra y País Vasco con un 4%. Las comunidades españolas con un gravamen más alto son Cantabria y Galicia con un 8%.
Encontramos comunidades autónomas con tasas impositivas de ITP intermedias como Castilla y León y Cataluña con un 5%, Canarias con un 5,5% y Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana y Extremadura con un 6%.
Este porcentaje del ITP significa que si el valor de un vehículo de segunda mano es de 4.000€, el gravamen que habrá que aplicar si vives en Castilla y León será de un 5%. De esta operación se obtiene la cuota mínima que hay que pagar del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: (4.000 x 5%).
En algunas comunidades autónomas no es tan sencillo como realizar el porcentaje de la cuota mínima. En estos casos es necesario comprobar si el gravamen se debe aplicar sobre el contrato de compraventa o sobre el valor real del vehículo.
¿Es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al comprar un vehículo?
No siempre es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al comprar un coche, solo será obligatorio en los vehículos de segunda mano puesto que hay que realizar un cambio de titularidad y se puede entender que el vehículo ha sido cedido a otro propietario.
Encontramos una particularidad en el pago del ITP: En Cataluña y Navarra no es obligatorio abonar este impuesto para vehículos de más de 10 años y un valor inferior a 40.000€. En Aragón y Baleares no es necesario pagar el ITP si el vehículo es un ciclomotor, si tiene más de 10 años de antigüedad o si su cilindrada es igual o inferior a 1.000 cm3.
En los supuestos en los que sea obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el comprador o adquirente debe rellenar un justificante del pago antes de realizar el Cambio de Titularidad o Transferencia en Jefatura de Tráfico o la oficina de la Dirección General de Tráfico de su municipio.
¿Dónde realizar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, como la mayoría de los impuestos de circulación, se abonan en la DGT. En la web de la Dirección General de Tráfico se puede encontrar un impreso de autoliquidación con el que habrá que acudir a un banco concertado para abonar la tasa.
La diferencia entre comunidades autónomas también es palpable en la forma de pago de este impuesto puesto que en algunos lugares se podrá realizar de forma online. Es el caso de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Murcia y Navarra.
El pago del impuesto también se podrá realizar y presentar de forma telemática. En algunas comunidades será necesario disponer de cl@ve o certificado digital para realizar el trámite telemáticamente.